El Director es el presidente del consejo escolar, además se encarga de dirigir el centro escolar, el equipo directivo se encarga de realizar del plan anual de centro.
El Claustro de Profesores es el órgano propio de participación de los profesores en el gobierno del centro y tiene la responsabilidad de planificar, coordinar, informar, y, en su caso, decidir sobre todos los aspectos educativos del centro.
La Comisión de Coordinación Pedagógica está formada por el director, el jefe de estudios, el jefe de departamento y el secretario, sus principales funciones son coordinar las labores docentes del profesorado y de los departamentos. Analizará los trabajos académicos y el resto de actividades que se desarrollen en el centro.
La Secretaria ordena el régimen administrativo y económico del centro, de acuerdo con las instrucciones de la Dirección, elaborar el anteproyecto del presupuesto de centro, realizar la contabilidad y justificar cuentas ante las autoridades correspondientes.
La Jefatura de Estudios coordina, acorde con las instrucciones de la Dirección, las actividades de carácter académico, de orientación y tutoría, extraescolares y complementarias del profesorado y del alumnado en relación con el proyecto educativo, las programaciones didácticas y la programación general anual y asegurar su ejecución.
El Consejo Escolar se encarga de establecer las directrices para la elaboración del proyecto educativo, aprobarlo y evaluarlo, sin prejuicio de las competencias que el claustro de profesores tiene atribuidas en relación con la planificación y organización docente. También ha de establecer los procedimientos para su revisión cuando su evaluación lo aconseje. El consejo escolar también tiene que resolver los conflictos e imponer las correcciones con finalidad pedagógica, que correspondan a aquellas conductas del alumnado que perjudiquen gravemente la convivencia en el centro; de acuerdo con las normas que regulan los derechos y los deberes del alumnado.
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